Página del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España

 

            

 



Competencias. Conocimientos y Funciones

 
 

Según la mencionada normativa de aplicación, las competencias que los estudiantes deben adquirir para la obtención del título, que obviamente se justifican por las funciones profesionales que el título les habilitará a desempeñar, han de ser:

1. Dirigir la ejecución material de las obras de edificación, de sus instalaciones y elementos, llevando a cabo el control cualitativo y cuantitativo de lo construido mediante el establecimiento y gestión de los planes de control de materiales, sistemas y ejecución de obra, elaborando los correspondientes registros para su incorporación al Libro del Edificio. Llevar el control económico de la obra elaborando las certificaciones y la liquidación de la obra ejecutada.

2.Redactar estudios y planes de seguridad y salud laboral y coordinar la actividad de las empresas en materia de seguridad y salud laboral en obras de construcción, tanto en fase de proyecto como de ejecución.

3.Llevar a cabo actividades técnicas de cálculo, mediciones, valoraciones, tasaciones y estudios de viabilidad económica; realizar peritaciones, inspecciones, análisis de patología y otros análogos y redactar los informes, dictámenes y documentos técnicos correspondientes; efectuar levantamientos de planos en solares y edificios.

4.Elaborar los proyectos técnicos y desempeñar la dirección de obras de edificación en el ámbito de su habilitación legal.

5. Gestionar las nuevas tecnologías edificatorias y participar en los procesos de gestión de la calidad en la edificación; realizar análisis, evaluaciones y certificaciones de eficiencia energética así como estudios de sostenibilidad en los edificios.

6. Dirigir y gestionar el uso, conservación y mantenimiento de los edificios, redactando los documentos técnicos necesarios. Elaborar estudios del ciclo de vida útil de los materiales, sistemas constructivos y edificios. Gestionar el tratamiento de los residuos de demolición y de la construcción.

7. Asesorar técnicamente en los procesos de fabricación de materiales y elementos utilizados en la construcción de edificios.

8. Gestionar el proceso inmobiliario en su conjunto. Ostentar la representación técnica de las empresas constructoras en las obras de edificación.

El ejercicio de la profesión está supervisado por el Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos correspondiente al lugar donde el técnico tenga fijado su domicilio profesional, único o principal, al que todo profesional está obligado a pertenecer por ley para poder ejercer la profesión.

Como generalista que conoce y aplica las técnicas al proceso constructivo, es una figura estrechamente emparentada con la de los Ingenieros Civiles y/o Ingenieros de la Construcción-Edificación que desarrollan esta función en otros países.

La formación acreditada le permite desempeñar múltiples actividades en la construcción de todo tipo de edificios, encabezados por la Dirección de la Ejecución Material de las Obras, lo que implica el control cualitativo y cuantitativo del proceso en sus aspectos constructivos y económicos. Además puede redactar proyectos de determinados tipos de edificios, planes y registros del control de calidad, de los sistemas constructivos y de las instalaciones de los mismos. Está asimismo capacitado para la gestión del uso y mantenimiento de edificios durante su vida útil y, en su caso, de su rehabilitación.

También desarrolla cometidos tales como los de asesoramiento en la contratación y en la selección y compra de productos, materiales e instalaciones; o la obtención de autorizaciones y licencias administrativas; o la realización de los estudios y programación financiera de la promoción; o el seguimiento del cumplimiento del contrato de obras y de los contratos de suministro... Es la función propia del denominado “project manager”, o gestor de proyecto.

En materia de seguridad y salud laboral puede redactar estudios de seguridad y llevar a cabo la coordinación de seguridad y salud laboral en la fase de proyecto y de ejecución.

En materia de gestión medioambiental está capacitado para gestionar los residuos del proceso.

Como experto en construcción, puede redactar todo tipo de informes y documentos periciales, bien para particulares o bien para los tribunales de justicia. Puede desarrollar sus actividades como profesional liberal, en empresas y en la administración pública en todo sus ámbitos (local, autonómica y estatal).

Y no debemos olvidar la jefatura de obras, otra faceta destacable en el ejercicio profesional, especialmente en las grandes promociones.

Al margen de todo ello queda la actividad proyectual, especialmente importante en el ámbito de las obras de rehabilitación, reparación y consolidación de edificios construidos y en las de adaptación y decoración de locales comerciales, que generalmente llevan además consigo la dirección de las propias obras, en los términos establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación.

El campo de la docencia y el ejercicio de la función pública, es un ámbito muy importante de intervención profesional. No se puede olvidar que, en gran parte de los más de 8.000 Municipios españoles, los servicios técnicos los desempeñan Arquitectos Técnicos. Su implantación es considerable en las Administraciones Autonómicas y también en la Administración Central.

 

FUNCIONES DEL ARQUITECTO TÉCNICO COMO DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
(actividad profesional regulada)

Como componente de la Dirección Facultativa (constituida por el Director de Obra, Director de la Ejecución de la Obra y, en su caso, Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución):

  • Asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad).

  • Verifica la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas.

  • Dirige la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales y la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del Director de la Obra.

  • Consigna en el Libro de órdenes y Asistencias las instrucciones precisas.

  • Suscribe el Acta de replanteo o de comienzo de obra y el Certificado Final de Obra (de obligatoria aportación al Acta de Recepción de la obra).

  • Elabora y suscribe las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.

  • Recibe los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados, obligatoriamente, por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica.

  • Colabora en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada (Libro del Edificio) y aporta los resultados del control realizado.